Javier Pérez- Roldán como Presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia no puede hacer otra cosa que censurar el uso político que la Comunidad de Madrid está haciendo de sus supuestos esfuerzos para erradicar la violencia llamada de género.
El pasado 7 de Noviembre el Observatorio contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid presentó su balance del último año pretendiendo hacer pasar por un éxito del plan estratégico de la Comunidad de Madrid la personación de la propia Comunidad en cinco procedimientos judiciales relacionados con la violencia de género; en este sentido desde la Asociación Europea de Abogados de Familia queremos destacar que en todos los procedimientos penales por violencia de género está personada la propia Fiscalía, personación obligado por ley y que por sí misma supone la tutela de los derechos de las víctimas de violencia, por lo que medidas como la tomada por la Comunidad de Madrid suponen un mayor coste de los recursos públicos, sin que se mejore en nada la protección de las víctimas, ni se consiga ningún beneficio social; la única rentabilidad que se pretende obtener de medidas como la ahora mencionada es una rentabilidad política en el sentido de trasmitir la falsa imagen de compromiso con la erradicación de la violencia de género.
•Manifiesta que aunque el informe psicosocial concluye mantener la custodia exclusiva de la madre, siendo el régimen de visitas del padre amplio, se está ante una custodia compartida de hecho, por lo que debe acordarse de derecho.
•Igualmente, acuerda reducir la pensión de 600 euros a 175 por cuanto el nuevo reparto del tiempo implica que la mayor parte de los gastos (alimentación) los pagué el padre directamente en el tiempo en que el menor está consigo.
Madrid (Bufete Pérez Roldán) 27 de abril de 2015.- La Audiencia Provincial de Salamanca cambia de criterio y reconoce la custodia compartida a pesar de la oposición del equipo psicosocial, que pretendía mantener la exclusiva de la madre con un régimen amplio de visitas para el padre.
La Audiencia sostiene que del «informe se constata que el cuidado del menor desempañado hasta la actualidad […] es propio de una medida de guardia y custodia compartida», indicando que habiendo funcionado hasta el momento no existe motivo para oponerse a la aprobación de la custodia compartida.