Tras la Sentencia del Tribunal Supremo la AEAF estudia los primeros casos para solicitar modificación de medidas en los costes del traslado de menores en el caso de padres divorciados o separados.

PorBufete Pérez- Roldán

Tras la Sentencia del Tribunal Supremo la AEAF estudia los primeros casos para solicitar modificación de medidas en los costes del traslado de menores en el caso de padres divorciados o separados.

  • Los padres de separados dejarán de asumir en exclusiva los coste del traslado de los menores a tenor de la doctrina fijada por la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 26/05/2014.

  • La Asociación Europea de Abogados de Familia (AEAF) ya estudia los primeros casos para solicitar modificación de medidas.


Madrid, a 7 de julio de 2014.– El Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 26 de mayo (de la que es ponente el magistrado D. Arroyo Fiestas) fija doctrina tras el recurso de un padre que recurrió una sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete que le imponía la obligación de recoger y retornar a su hijo menor, que vivía con su ex mujer.
El Tribunal Supremo fija la doctrina sobre quién es el obligado a trasladar y retornar al menor del domicilio en caso de separaciones donde los progenitores viven en localidades diferentes. El alto tribunal acuerda que serán las partes las que lo acuerden pero si no existe acuerdo, la Sala de lo Civil fija los siguientes criterios: en principio será el padre o madre que no tenga la custodia (y que va a ejercer su derecho de visita) el que recogerá al menor del domicilio donde vive habitualmente. Una vez concluido el régimen de visitas o estancia, será el progenitor custodio el que recogerá de vuelta al menor.

Subsidiariamente, cuando este sistema habitual no se corresponda con el interés del menor o distribución equitativa de las cargas, las partes o el juez podrán atribuir la obligación de recogida y retorno solo a uno de los dos padres, con la correspondiente compensación económica y debiendo motivarse en la resolución judicial.
Para el Tribunal Supremo es esencial que el sistema que se establezca no pierda de vista el interés del menor, de forma que no dificulte su relación con cada uno de los progenitores.
Según Javier Pérez- Roldán Suanzes, Presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia, la debida corresponsabilidad también en los gastos de los traslado de los menores, era uno de los temas más litigiosos en los casos de separación o divorcio de padres residentes en distintas localidades.
El Presidente de la Asociación se felicita de la Sentencia del Tribunal Supremo, pues hasta la fecha había criterios dispares según las diferentes Audiencias Provinciales.
Tras conocerse la Sentencia, y a petición tanto de numerosas asociaciones de padres separados, como de padres afectados por los gastos en que incurren para ejercitar su derecho a mantener el contacto con sus hijos, la Asociación de Abogados de Familia ya ha mantenido diferentes reuniones para instar en los juzgados los pertinentes procedimientos de modificación de medidas tendentes a modificar la forma de recogida de los menores tras el derecho de visita al padre no custodio, o estipular la forma compensación económica de los gastos por desplazamiento.
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