Sobre la personación de don Pedro González- Bueno Benítez en la causa abierta contra Garzón por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

PorBufete Pérez- Roldán

Sobre la personación de don Pedro González- Bueno Benítez en la causa abierta contra Garzón por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Ayer, día 10 de junio de 2009, se presentó en el Registro del Tribunal Supremo escrito solicitando se tuviera a don Pedro González-Bueno Benítez como personado, en calidad de acusación particular, en la causa abierta contra Baltasar Garzón por un delito de prevaricación.

En Madrid, a 11 de junio de 2009.- Don Pedro González-Bueno Benítez, hijo del Excmo. Sr. Don Pedro González-Bueno y Bocos, se ha personado en las actuaciones penales abiertas contra el Juez Baltasar Garzón por prevaricación, en tanto en cuanto las actuaciones del citado Juez han perjudicado la memoria de su padre, de su familia y de él mismos personalmente.

 

Don Pedro González-Bueno y Bocos ocupó a lo largo de vida diversos cargos públicos que siempre desempeñó con integridad en servicio de todos los españoles. Sin embargo, el Juez Baltasar Garzón dictó en su día un auto en el que venía a imputarle graves delitos, entre ellos el de sustracción de menores, aun siendo notorio que el Sr. González-Bueno había fallecido en 1985. Tal proceder dañó gravemente el buen nombre del Sr. Gónzales-Bueno, pues el Juez Garzón propaló, con su proceder, su carácter de responsable de unos supuestos delitos de extrema gravedad de los que, lógicamente, no podía defenderse el afectado.

 

Por tal motivo, su hijo y heredero, don Pedro González-Bueno y Benítez, se ha visto obligado a personarse ante el Tribunal Supremo, pues entiende que el Juez Baltasar Garzón no sólo ha perjudicado, con su irregular actuación, el correcto funcionamiento de la justicia, dañando la credibilidad social de ésta; sino que también le ha perjudicado a él en su esfera particular en cuanto heredero de una persona que ha sufrido un menoscabo grave de su memoria y reputación sin posibilidad, además, de defensa.

 

El letrado del Sr. González-Bueno, Javier Mª Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna, declara que «tal personación no debe ser interpretada en clave política o judicial, sino simple y llanamente en clave personal: es la personación de un hijo que ha visto ultrajado el nombre de su padre de una manera indigna. Un servidor público, como debería haber sido el Juez Garzón, no dudó en imputar delitos muy graves a una persona que sabía fallecida y que por tanto sabía que no podría defenderse de una falsa acusación. Por eso, en el ejercicio del derecho personal a defender la memoria histórica y personal de su padre, ha decidido encauzar su justa indignación por los cauces legales correspondiente: solicitando su personación para, como afectado en calidad de heredero de su padre, poder solicitar, en su día, la condena del Juez Garzón por un delito de prevaricación».

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