La Ley de Divorcio express de 2005, desde su radicalidad ideológica, pretendió impedir la normalización de la custodia compartida, orquestando una calculada superposición de obstáculos a su declaración en los juzgados. Varias de esas trabas legales han ido cayendo en estos años a impulsos de la presión social a favor de la coparentalidad. Por ejemplo, en la ley inspirada por la vicepresidenta De la Vega en 2005, se pretendía utilizar al Ministerio Público –dependiente jerárquicamente del ejecutivo- como correa de transmisión de las imposiciones ideológicas del gobierno, exigiendo informe fiscal favorable para que el juez pudiera declarar la custodia compartida. Se trataba de una patada de signo totalitario al principio democrático de división de poderes, lo que, lógicamente, fue tumbado por el Tribunal Constitucional en la STC 185/2012.
En la misma línea, el art 92.9 del CC que salió de aquella desgraciada reforma legal, estableció que “el juez de oficio o a instancia de parte, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo al (…) régimen de custodia de los menores”. Los supuestos “especialistas” cuyos informes habrían de ser decisivos no son peritos independientes, como en todas las demás pruebas periciales que se practican en los juzgados, sino que se trata precisamente de los psicólogos y trabajadores sociales integrantes de los Equipos Técnicos Judiciales, citados pero no regulados en el ap. 6º del mismo artículo del CC. El legislador del 2005 era consciente de que los informes de tales equipos seguirían estando sesgados–como ya lo estaban por entonces- a favor de las preferencias de la ley por la custodia materna. Y ello, debido no sólo a la discutible cualificación de los integrantes de dichos equipos, sino por la manipulabilidad que deriva de su precaria situación laboral (nunca han sido funcionarios de carrera, sino personal contratado desde bolsas de trabajo) y su débil respaldo normativo (no están regulados por ninguna norma con rango de ley, con lo que pueden ser suprimidos por decreto, o sencillamente, no renovados sus contratos).