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PorJAVIER PEREZ ROLDAN SUANZES CARPEGNA

María José Carrascosa, Peter Innes y el juicio del Rey Salomón

Todos los medios de comunicación españoles se han felicitado por la puesta en libertad condicional de María José Carrascosa, la abogada valenciana condenada en Estados Unidos por la sustracción de su hija.
Sin embargo, nadie habla de lo importante, de la pequeña Victoria Innes Carrascosa. Así la Señora Carrascosa no ha tenido rubor en denunciar el perjuicio que las autoridades norteamericanas le han producido a ella y a su familia. Y todo ello olvidando como sus comportamientos han perjudicado a su hija y al padre de la misma, el Sr. Innes.
Debe recordarse que la Sra. Carrascosa perdió todas las demandas y querellas que presentó contra el que fue su esposo, tanto en Estados Unidos como en Valencia. En Valencia mismo le archivaron las numerosas denuncias por violencia de género, aquellas otras en las que denunciaba a su esposo por intento de asesinato, envenenamiento, abuso de la hija, amenazas y un largo etcétera.

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PorJAVIER PEREZ ROLDAN SUANZES CARPEGNA

Los informes psicológicos cotizan a la baja: los tribunales degradan su valor como prueba pericial.

La Ley de Divorcio express de 2005, desde su radicalidad ideológica, pretendió impedir la normalización de la custodia compartida, orquestando una calculada superposición de obstáculos a su declaración en los juzgados. Varias de esas trabas legales han ido cayendo en estos años a impulsos de la presión social a favor de la coparentalidad. Por ejemplo, en la ley inspirada por la vicepresidenta De la Vega en 2005, se pretendía utilizar al Ministerio Público –dependiente jerárquicamente del ejecutivo- como correa de transmisión de las imposiciones ideológicas del gobierno, exigiendo informe fiscal favorable para que el juez pudiera declarar la custodia compartida. Se trataba de una patada de signo totalitario al principio democrático de división de poderes, lo que, lógicamente, fue tumbado por el Tribunal Constitucional en la STC 185/2012.
 
En la misma línea, el art 92.9 del CC que salió de aquella desgraciada reforma legal, estableció que “el juez de oficio o a instancia de parte, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo al (…) régimen de custodia de los menores”.  Los supuestos “especialistas” cuyos informes habrían de ser decisivos no son peritos independientes, como en todas las demás pruebas periciales que se practican en los juzgados, sino que se trata precisamente de los psicólogos y trabajadores sociales integrantes de los Equipos Técnicos Judiciales, citados pero no regulados en el ap. 6º del mismo artículo del CC. El legislador del 2005 era consciente de que los informes de tales equipos seguirían estando sesgados–como ya lo estaban por entonces- a favor de las preferencias de la ley por la custodia materna. Y ello, debido no sólo a la discutible cualificación de los integrantes de dichos equipos, sino por la manipulabilidad que deriva de su precaria situación laboral (nunca han sido funcionarios de carrera, sino personal contratado desde bolsas de trabajo) y su débil respaldo normativo (no están regulados por ninguna norma con rango de ley, con lo que pueden ser suprimidos por decreto, o sencillamente, no renovados sus contratos).
PorJAVIER PEREZ ROLDAN SUANZES CARPEGNA

La ideología de género, la Ley de Violencia de Género y el invierno demográfico

Del  mismo modo que todo cuerpo sano tiende a su propia conservación, toda sociedad sana tiende a ella, que en su caso no es más que su propia multiplicación. Sin embargo en las sociedades occidentales esto no sucede así, pues lleva decenios aquejada por de una afección vírica: la ideología de género.
Para comprender cómo afecta la ideología de género a la demografía se hace necesario hacer un pequeño bosquejo de lo que la ideología de género sea, lo que requiere, a su vez, analizar las doctrinas que la sustentan.
 
El esqueleto de esta ideología lo construyó la escuela de Frankfurt, que en su esfuerzo por encontrar una forma de comunismo que pudiera extenderse por los países industrializados vinieron a sustituir la lucha de clases por la lucha de sexos. Para ello acudieron a El origen de la familia, de la propiedad privada y del Estado (ENGELS, 1884). En ella se hacía ver como la primera estructura de explotación era la familia, por lo que se empeñaron en «abolirla».

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